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miércoles, 7 de agosto de 2019

LA LIBERTAD DE OPINIÓN Y DE EXPRESIÓN


Ismael García C.

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, conforme a los principios enunciados en la Carta de las Naciones Unidas en el artículo 19, dice:
1.         Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
2.         Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o impreso o artístico, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
3.         El ejercicio del derecho previsto en el párrafo 2 de este artículo entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente, puede estar sujeto a ciertas restricciones, que deberán, estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para: a) Asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás; b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.
     Los gobiernos, las fuerzas de seguridad, los intereses comerciales, los grupos armados, los líderes religiosos y, a veces, incluso sus propias familias y comunidades pueden intentar y lograr silenciar a los defensores de los derechos humanos -personas, grupos de personas u organizaciones que promueven y protegen los derechos humanos de forma pacífica-, por sus inconvenientes opiniones o acciones.
     Casi todas las constituciones del mundo afirman defender la “libertad de expresión”, pero  siempre hay gente amenazada, en la cárcel, secuestrada, torturada o asesinada por hablar. Para vivir en una sociedad justa y abierta se requiere de poder comunicarse y expresarse libremente. La libertad de expresión es un derecho universal vital para la democracia, el desarrollo y el diálogo, este derecho incluye el mantener una opinión sin interferencias y buscar, recibir y difundir información e ideas a través de cualquier medio de difusión sin limitación de fronteras, tal como lo establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Este derecho es esencial para la educación, para el desarrollo de las personas y de sus comunidades, acceder a la justicia y disfrutar de los derechos humanos.
     Internet se usa cada día más para defender el derecho a la libertad de información, libertad de opinión, libertad de pensamiento y libertad de prensa, para rechazar la opresión y exigir un mayor respeto a los derechos humanos. Las redes sociales permiten un nuevo activismo que los gobiernos tratan de controlar. Sin embargo, sus intentos por bloquear el acceso a Internet o cortar las redes de telefonía móvil como respuesta ante cualquier disturbio no acaban con la protesta de quienes defienden la libertad de expresión como derecho humano, así como el conjunto de todos los derechos. La represión puede aumentar, pero las personas tienen menos miedo a expresarse con libertad.
     Los gobiernos esgrimen la excusa de la “seguridad nacional” para acallar las críticas. El terrorismo ha contribuido a justificar el aumento de la represión. Pretenden amordazar y silenciar la disidencia decretando leyes. Los tribunales condenan a años de cárcel por un simple tuit. Se acusa de ‘terroristas’ a las personas ateas o a las de otras religiones y a quienes contactan con organizaciones de derechos humanos”.
     La sociedad requiere una prensa libre. Los gobiernos deben garantizar que los periodistas puedan informar libremente respecto a derechos humanos sin temor a ser atacados o morir mientras realizan su labor legítima y deben procesar legalmente a los responsables de los abusos. Sin embargo, quienes ejercen el periodismo objetivo se enfrentan a represión y agresiones. Esta situación empeora en caso de conflictos.
     Amnistía Internacional pide: Que los presos y presas de conciencia de todo el mundo sean puestos en libertad de manera inmediata e incondicional. Que las leyes que criminalizan a las personas que se expresan o protestan pacíficamente desaparezcan. Que las leyes contra la incitación al odio u otras formas de violencia no se utilicen para reprimir la disidencia legítima. Que las personas tengan acceso a la información.
     La UNESCO es la agencia líder de las Naciones Unidas en promover, defender, monitorear y preconizar la libertad de expresión y la libertad de prensa como un derecho humano fundamental. En el proceso de la democracia es esencial la independencia y el pluralismo de los medios de comunicación. La UNESCO asesora sobre legislación y formulación de políticas para los medios a los Estados Miembros. Esto ayuda a los gobiernos, parlamentarios y otros decisores a garantizar la libertad de expresión.
La regulación de los medios en línea con los estándares internacionales, la regulación de los medios para la protección y promoción de los derechos humanos, los dividendos digitales, la libertad de expresión y la Internet, la regulación de la publicidad oficial, entre otros, son temas que están en el orden del día de los principales debates sobre la garantía, promoción y protección de la libertad de expresión. Por supuesto que el derecho de libertad de opinión y expresión no faculta a nadie para estar haciendo acoso verbal, escrito, impreso o virtual, ni para el uso de imágenes denigrantes u ofensivas contra la persona. Las opiniones se refutan con la calidad de los argumentos que se ofrecen.
     En 1993, la Asamblea General de la ONU proclamó el Día Mundial de la Libertad de Prensa a celebrarse el 3 de mayo todos  los años, ante una recomendación de la Conferencia General de la UNESCO y se celebra en todo el mundo. En 1997 se estableció un Premio Mundial de Libertad de Prensa UNESCO/Guillermo Cano para homenajear a una persona, organización o institución que haya contribuido mucho a la defensa y/o promoción de la libertad de prensa en cualquier lugar del mundo, en especial si ello conllevó un riesgo.
     Toda ley mordaza afecta más a las personas con menos recursos, los inmigrantes, los movimientos sociales, activistas de derechos humanos y los medios de comunicación.  Los sectores de oposición, los movimientos sociales, los organismos de derechos humanos y los ciudadanos rechazan el control de la libertad de expresión por parte de los sectores económicos y políticos dominantes, que no debe restringir y penalizar la actividad informativa: el uso no autorizado de imágenes, datos personales o profesionales de autoridades y miembros de las fuerzas de seguridad. Tampoco se debe criminalizar la libertad de expresión en redes sociales, vía Twitter, Instagram o Facebook por considerar que alteran el orden social y llaman a protestas. Castigar las protestas y la difusión de mensajes contrarios al orden público o convocatorias para efectuar manifestaciones multitudinarias con penas de prisión. Penalizar con prisión el uso, promoción o labor desde una web de enlaces, pretextando que vulneran el derecho a la propiedad intelectual.  

    Santa Ana, El Salvador, 06 de agosto de 2019.
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Jorge Ismael García Corleto es escritor, presidente de la Asociación GATO para las Artes y la Cultura, licenciado en Psicología, y en Educación y master en Educación Superior; trabaja en la docencia en el Centro Escolar INSA y en la Facultad Multidisciplinaria de Occidente de la Universidad de El Salvador, en Santa Ana.